Nosotros
Somos el COPEF (Colegio de Profesionales de la Educación Física de Mendoza), una persona jurídica de derecho público no estatal, creada por la Ley provincial 7.723 y reglamentada por el Decreto 3.575/07. A través del trabajo conjunto de nuestros miembros matriculados, ordenamos, representamos y coordinamos el ejercicio profesional de la Educación Física en la provincia de Mendoza, promoviendo una práctica ética, jerarquizada y de calidad al servicio de la comunidad.
Misión y Visión
Nuestra Misión
Representar, organizar y regular el ejercicio profesional de la Educación Física en Mendoza, defendiendo los derechos e intereses de nuestros matriculados y velando por una práctica responsable, ética y de excelencia. Trabajamos para jerarquizar la profesión, garantizar que la actividad física sea conducida por profesionales debidamente formados y matriculados, y aportar al bienestar y la salud de toda la comunidad.
Nuestra Visión
Ser la institución de referencia en la provincia de Mendoza en materia de Educación Física, reconocida por su compromiso con la calidad profesional, la formación continua y la defensa del ejercicio legal de la profesión. Aspiramos a consolidar una comunidad profesional unida, actualizada y comprometida, que contribuya al desarrollo del deporte, la salud y la actividad física en todos los ámbitos de la sociedad.
Funciones del Colegio
El COPEF cumple un rol fundamental en la organización y el resguardo de la profesión. Sus principales funciones son:
- Ordenar el ejercicio de la profesión, procurando su prestigio, perfeccionamiento y desarrollo permanente.
- Llevar y administrar la matrícula profesional, habilitando a quienes acrediten la formación correspondiente para ejercer legalmente la Educación Física.
- Representar a los profesionales matriculados y defender sus derechos e intereses ante organismos públicos y privados.
- Velar por una práctica profesional ética, supervisando el cumplimiento de las normas y los principios que rigen la profesión.
- Promover la capacitación y la actualización mediante cursos, jornadas, charlas, talleres, conferencias, congresos y encuentros de perfeccionamiento.
- Fomentar la cooperación y el apoyo mutuo entre los profesionales de la Educación Física.
- Controlar el ejercicio legal de la profesión, colaborando en la fiscalización de gimnasios, centros de rehabilitación, instituciones deportivas y espacios recreativos, y reprimiendo con los medios legales a su alcance el ejercicio ilegal de la profesión.
Campos de acción profesional
Según la reglamentación (Decreto 3.575/07, Art. 8), el ejercicio profesional de la Educación Física comprende, entre otros, los siguientes ámbitos:
- Educación Física y Salud: hospitales, centros de rehabilitación y reeducación, y evaluación física, en común acuerdo con profesionales de la salud.
- Educación Física Educativa: sistema educativo nacional, provincial y municipal, público o privado, conforme al Estatuto del Docente (Ley 4.934).
- Educación Física Deportiva: clubes, asociaciones, federaciones y ligas, en la formación, recreación o competición.
- Educación Física Laboral: fábricas, empresas y administración pública, con fines de rendimiento, salud, ergonomía y prevención de riesgos.
- Educación Física Comercial: gimnasios, academias de danza, estética, fisicoculturismo y turismo aventura o rural.
- Educación Física Civil: uniones vecinales, sindicatos, colonias de vacaciones e instituciones sin fines de lucro.
- Educación Física Militar: institutos militares, policía, bomberos y guardaparques.
- Educación Física Jurídica: institutos penitenciarios, cárceles y centros de menores.
Ley 7.723/2007 · Decreto 3.575/07
Marco Legal
El COPEF se sustenta en un marco normativo provincial que regula y respalda el ejercicio profesional de la Educación Física en Mendoza:
- Ley Provincial N.º 7.723: sancionada el 20 de junio de 2007, regula el ejercicio de la Educación Física como actividad profesional libre e independiente en la provincia de Mendoza, estableciendo los requisitos, derechos y obligaciones del ejercicio profesional.
- Decreto Reglamentario N.º 3.575/07: reglamenta la aplicación de la Ley N.º 7.723 y establece que la actividad física debe ser supervisada y desarrollada por profesionales matriculados.
El organismo de aplicación de la Ley es la Subsecretaría de Deportes del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, que forma el registro de matrículas. El COPEF —persona jurídica de derecho público no estatal— ordena, gestiona y administra la matrícula profesional.
Este marco legal protege tanto a los profesionales como a la comunidad, garantizando que la práctica de la actividad física, el deporte y la recreación se realice bajo la conducción de personas debidamente formadas y habilitadas.
Nota: Existen iniciativas para actualizar la Ley N.º 7.723 y adecuarla a la realidad actual de la Educación Física, el deporte, la recreación y otras prácticas corporales. Se recomienda verificar la vigencia y eventuales modificaciones de la normativa antes de su publicación final.
Autoridades
El COPEF está integrado por la Asamblea de matriculados —órgano soberano—, el Consejo Directivo, de carácter ejecutivo, y el Tribunal de Ética. Sus integrantes son profesionales matriculados que ejercen sus funciones de forma comprometida y honoraria.
Consejo Directivo
- Muñoz, Fernando Sergio (Mat. 00047)
- Tonn, Mariana (Mat. 00636)
- Montané Tobares, Matías Nicolás (Mat. 00373)
- Villaplana, Mauricio Javier (Mat. 00859)
- Toledo, Franco Guido (Mat. 01377)
- Martino, María Natalia (Mat. 00666)
- Solis, Mario Jesús (Mat. 00829)
- Elaskar Rezk, Samir (Mat. 00095)
- Mejías Bulgheroni, Andrea Jimena (Mat. 01160)
- Flores, Rodrigo José (Mat. 00629)
Tribunal de Ética
- Araya, Rodrigo (Mat. 00185)
- Balzarelli, Viviana Hilda (Mat. 00186)
- Ginestar, Mauricio Javier (Mat. 00994)
- Espina, Pablo Armando (Mat. 00308)
- Furlan, Sergio Alejandro (Mat. 00712)
- Arnut Lope María Laura (Mat. 00082)
- Robles, Elio Hernán (Mat. 00232)
- Anea, Gabriel Jesús (Mat. 00209)
- Guevara, Juan Rafaél (Mat. 00275)
- Delpodio, Roberto Mario (Mat. 00547)