Modificación del Estatuto del Empleado Municipal Beneficiará a Profesores de Educación Física en Mendoza

  • 05/08/2024

El COPEF estuvo presente en el Salón Amarillo de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza, donde Ulpiano Suarez recibió a referentes de distintas entidades para dialogar y debatir sobre el proyecto de ley que consiste en la modificación del Estatuto del Empleado Municipal, beneficiando a los profesores de educación física de toda la provincia.

Al intendente lo acompañaron la secretaria de Gestión Pública, Érica Rojas; el secretario de Gobierno, Pablo Espina; y parte del equipo de gestión que impulsó esta iniciativa. También estuvieron presentes el subsecretario de Deportes de la provincia, Federico Chiapetta; la diputada Cecilia Rodríguez; la senadora Claudia Najul; y el rector del Instituto de Educación Física (IEF), Luis Castillo, entre otros.

“Quiero destacar el trabajo en equipo que se realizó para llegar hasta acá. Existía la problemática, se pusieron a trabajar y se dieron respuestas. Es un proyecto que se aprobó por unanimidad en la Legislatura y que beneficiará a todos los profesores de la provincia. Agradezco a todas las partes involucradas por su compromiso y aportes realizados para arribar a una solución que reconoce el gran trabajo que realizan los profesores en nuestra comunidad”, señaló Ulpiano Suarez.

La propuesta, impulsada desde la Ciudad y presentada por la diputada Cecilia Rodríguez, ya tiene media sanción de la Cámara de Diputados y consiste en modificar el Estatuto del Empleado Municipal para eliminar las incompatibilidades que impedían a los profesores de educación física tomar otros trabajos en horarios fuera de su labor pública.

Cada trabajo que los profesores tomaban en cualquier ámbito público, ya sea municipal, provincial o nacional, era considerado como un cargo. Así, cuando trabajaban en una entidad y querían tomar más horas en otra institución, surgía la incompatibilidad porque no se podían tener dos cargos en el ámbito público.

Esta modificación agrega un inciso (el d) al artículo 5° de la Ley 5892 – Estatuto Escalafón Municipal, en el que se sumó la categoría de horas recreativas a los agrupamientos existentes. “Cumplen funciones en el agrupamiento de horas recreativas aquellos agentes que realicen tareas consistentes en la práctica de deportes, actividades lúdicas, actividades al aire libre, consumo cultural o socio-familiares, etc., que, en razón de la función o con ocasión de la misma, deban realizarse en horarios rotativos o discontinuos. La única incompatibilidad respecto a este agrupamiento es la superposición horaria con cargos administrativos y/u horas recreativas. El presente agrupamiento no constituye categoría de cargo”, establece el mencionado inciso.

Ahora, la iniciativa deberá ser tratada en el Senado provincial para finalmente dar una respuesta concreta a las necesidades planteadas por estos profesionales debido a su labor en los municipios de Mendoza.